5 pasos para reclamar su cláusula suelo

Tras la aprobación del Real Decreto-Ley de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo mediante un procedimiento extrajudicial, pueden quedar bastantes dudas al respecto de cómo y cuándo reclamar su dinero, por tanto, recomendamos al igual que la Unión de Consumidores de Aragón (UCA) contar con el asesoramiento de un profesional en derecho hipotecario para reclamar su cláusula suelo. Le mostramos los pasos que debería realizar:

  1. Confirmar que tengo cláusula suelo. La cláusula suelo está redactada de tal manera en el contrato hipotecario, que puede tener dificultades a la hora de localizarla. Suele encontrarse bajo el nombre de “límites a la aplicación de interés variable”, “límite de variabilidad”, “tipo de interés variable” o hasta incluso, “instrumento de cobertura de tipo de interés”.
  2. Estudiar al detalle el contrato hipotecario. Es necesario conocerlo al detalle y conocer las cantidades exactas que le debe su banco, podrían ofrecerle menos. Aconsejamos asesoramiento para estudiar el contrato hipotecario a la perfección para poder conocer dicha cantidad exacta, poder resolver todas las dudas que pueda tener y observar que no existen otras cláusulas abusivas, entre otras cosas.
  3. Reclamar su cláusula suelo. Los bancos están obligados a implantar en menos de un mes desde la aprobación del Real Decreto (20/01/2017), un sistema de reclamaciones y comunicarlo a los afectados. No se confíe, la ley no dicta que deban comunicarlo de manera individualizada, por tanto, probablemente avisen mediante su página web u oficinas. Espere este mes para comenzar a reclamar, no se apresure, aprovecharán hasta el último momento para implantar dicho sistema. El banco le explicará cómo hacerlo, por ejemplo, Bankia dará a disposición de los afectados una plantilla y BMN hará pasar por sus oficinas a rellenar un formulario.
  4. Esperar respuesta por parte del banco. Existe un plazo de 3 meses para que el consumidor y el banco lleguen a un acuerdo a contar desde la presentación de la reclamación. Una vez recibida la oferta por parte de su banco, debe mostrar su conformidad en un plazo de 15 días. Le aconsejamos cobrar la devolución con un abono en cuenta y evitar hacerlo a través de otros productos financieros. En caso de que en el plazo de 3 meses no lleguen a ningún tipo de acuerdo o, no se recibiera ningún tipo de comunicación por parte del banco, se entendería que el proceso extrajudicial ha llegado a su fin.
  5. ¿Y si fuera necesario interponer una demanda judicial? Si hiciera falta interponer una demanda judicial, las costas procesales los decidirá el mismo juez, aunque el Real Decreto Ley dice, que si se consigue una cantidad superior a la ofertada por el  banco en el proceso extrajudicial, irán a cargo de la banca. Una demanda judicial no implica un cambio de relación con su banco ni que pueda tomar ninguna represalia contra usted, solo implica que siente una falta de respuesta por parte de su entidad financiera ante una situación que considera injusta y abusiva.

Le recordamos que con MSP Abogados sabrá en todo momento su presupuesto y cuándo pagar, y ante cualquier duda no dude en contactar con nosotros. Somos expertos en contratos hipotecarios y actualmente llevamos casos de cláusula suelo.